Compromisos claves para las ferreterías
Compromisos claves para las ferreterías
Comunicate con el proveedor:
!noticia guardada!
Señor ferretero, para comenzar a cumplir con sus obligaciones tributarias es clave que usted cuente con el RUT (Registro íšnico Tributario) y el RUE (Registro íšnico Empresarial), requisitos para obtener el registro mercantil de la Cámara de Comercio.
COMPROMISOS CLAVESPARA SU NEGOCIO
"Es clave que usted cuente con el RUT(Registro íšnico Tributario) y el RUE
(Registro íšnico Empresarial), requisitospara obtener el registro mercantil de la
Cámara de Comercio. Con ello podráacceder a los beneficios de la Ley de
Formalización y Generación de Empleo."
Para que los empresarios del sector tengan más
claro qué tipo de obligaciones deben cumplir, a
continuación están los compromisos más comunes
que deben conocer y cumplir, según la conformación de
su negocio. Es importante recordar que las principales
ciudades del país cuentan con su propio calendario
tributario y de impuestos, basta con que usted,
señor ferretero, solicite personalmente una copia o lo
descargue a través del portal web de la secretaría de
hacienda de su municipio.
¡ TENGA EN CUENTA: DIAN !
* La Dian publicó una serie de tarifas tributarias
donde la Unidad de Valor Tributario (UVT) vigente hasta
el 31 de diciembre del 2012, será de $26,049 pesos.
* Desde el primero de enero de 2012, el valor
mínimo de cualquier sanción por temas tributarios, será
equivalente a la suma de 10 UVT, es decir, $260,000
pesos.
* Quienes no entreguen oportunamente la
información o lo hagan con inconsistencias y éstas
lleven a la Dian a incurrir en errorescon sus clientes,
serán sancionadoshasta con 15,000 UVT o su valor en
pesos ($390,735,000).
* Si llegan a expedirse facturassin los requisitos
legales exigidospor la Dian (Art. 617 ET.), incurrirán
en una sanción del 1% del valor delas operaciones facturadas
sin elcumplimiento de los mismos.
* Por irregularidades presentadasen la contabilidad y no
sean probadaspor el contribuyente, será hasta por
20,000 UVT ($520,980,000 pesos).
* La sanción por no declarar o nopagar el IVA,
corresponderá al 10%de las consignaciones bancarias
o delos ingresos brutos por el periodo no
declarado; o al 10% de los ingresosbrutos que figuren
en la últimadeclaración de ventas presentada en
periodos anteriores. En cualquiera de los dos casos, primará
el mayor valor.
Impuestos asociados a las ferreterías ¡tenga en cuenta! |
Predial unificado |
Industria y comercio |
Avisos y tableros |
Publicidad exterior visual |
Circulación y tránsito |
Delineación urbana |
Servicio de alumbrado público |
Sobretasas, derechos y contribuciones comunes |
Derechos de tránsito |
Sobretasa a la gasolina motor |
Contribución de obras públicas |
Contribución a la valorización |
Participación en la plusvalía |
Trámites y servicios habilitados en el portal web de la DIAN |
Trámites: |
Devolución y / o compensación por saldos a favor originados en declaración de impuesto sobre la renta y complementarios o actos administrativos |
Asignación, renovación y revocación del mecanismo de firma con certificado digital |
Autorizacion de cambio del método de valoración de inventarios y el uso parcial del sistema de inventarios periodico |
Autorizacion para aplicar un sistema de reconocido valor técnico dentro de las prácticas contables, para enajenación de los activos movibles |
Autorización o Habilitación de numeración de facturación |
Autorización para aplicar a los activos depreciables, un sistema de vida útil diferente |
Autorización para aplicar un sistema de depreciación de reconocido valor técnico |
Autorización para la utilizacion de métodos de reconocido valor técnico para la amortización de inversiones |
Compra de mercancías bajo la modalidad de Convocatoria Especial, general, venta directa a entidades públicas, Compra de mercancías bajo la modalidad de venta directa a productores, importadores y distribuidores legales de mercancías. |
Correccion de inconsistencias en las declaraciones privadas y recibos oficiales de pago |
Denuncia de posibles irregularidades de carácter tributario, aduanero y/o cambiario |
Devolución y / o compensación de pagos en exceso y pagos de lo no debido |
Devolución y / o compensación por saldos a favor originados en impuestos sobre las ventas -iva- pagado en la adquisición de materiales para construcción de vivienda de interes social |
Devolución y/o compensación por saldos a favor originados en las declaraciones o actos administrativos de impuesto sobre las ventas -IVA |
Diligenciamiento y presentación de las declaraciones tributarias en forma litográfica o vía internet |
Facilidad de pago o acuerdo de pago |
Inscripción, actualización o cancelación en el registro único tributario -RUT |
Obtener autorización para actuar como autorretenedor en la fuente |
Participación en remates en pública subasta en el proceso administrativo de cobro. |
Presentación de información por envío de archivos (información exógena) |
Registro de libros de contabilidad |
Solicitar anualmente los beneficios de la ley 608 de 2000 o ley quimbaya |
Solicitud de ajuste a la información de la cuenta corriente del contribuyente |
Solicitud de un acuerdo anticipado de precios |
Solicitud para el cambio del plazo de amortización de inversiones |
Venta de bienes reclasificados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales |
Servicios: |
Donación de mercancías |
BENEFICIOS PARA QUIENES FORMALICEN SU NEGOCIO
Por ley, las personas naturales o jurídicas que actualmente
desarrollen pequeñas empresas (aquellas con menos de 50
trabajadores y activos totales inferiores a los cinco mil salarios
mínimos legales mensuales vigentes), al igual que las existentes
que se formalicen, podrán acceder a los beneficios de la ley de
Formalización que son:
* Impuesto de renta y parafiscales: no deberán pagar
contribuciones parafiscales por sus trabajadores durante los
primeros dos años, beneficio que permanecerá vigente hasta el
31 de diciembre del 2014.
* Registro mercantil: las empresas que realicen su
inscripción de la sociedad o persona natural sobre su actividad
económica, a partir de la entrada en vigencia de la ley de
Formalización y su reglamentación pagarán tarifas de: 0% el
primer año de actividad, 50% para la renovación en el segundo
año, 75% para la renovación del tercer año, y 100% de la tarifa
de renovación a partir del cuarto año en adelante.
Por otro lado, la
Te podría interesar...
Lo más leído
Coyunturas económicas de talla mundial como la guerra en Ucrania, la crisis de contenedore...
La venta de diferentes tipos de pisos en una ferretería, es crucial porque juegan un papel...
Fierros expone las tendencias claves en el sector ferretero para que los negocios de comer...
Los dispositivos de protección eléctrica se han convertido en indispensables para las inst...
Notas recomendadas por el editor
18/04/2018
Recomendaciones de seguridad en el manejo de di...
La prevención hace parte de los elementos fundamentales para el buen manejo de herramientas de abrasión y fibrodiscos especializados. Conocer y
14/06/2018
¿Cómo evaluar la calidad y el desempeño del cem...
El cemento es quizás la materia prima más importante de la industria de la construcción, por lo cual es indispensable garantizar que cumpla c
10/08/2018
Tips para elegir las herramientas manuales para...
Las necesidades del usuario han llevado a los fabricantes de herramientas manuales a especializar sus productos, y diseñarlos acorde con los requer